Siete claves sobre las ayudas de la UE para la crisis del sector lácteo

Estos días se convocarán oficialmente los apoyos para reducir la producción. El Gobierno tiene que concretar también en breve como distribuye los 14 millones de euros en ayudas directas concedidas a España

Siete claves sobre las ayudas de la UE para la crisis del sector lácteo

La solicitud de reducción deberá cursarse de forma digital.

El Diario Oficial de la Unión Europea convocará formalmente en los próximos días las ayudas para apoyar a los productores que decidan reducir su producción durante tres meses. Se destinan a estas ayudas 150 millones de euros en toda la UE, una cifra con la que se espera una merma de las entregas de 1,1 millones de toneladas (0,7% de la producción comunitaria en el 2015).

Repasamos a continuación las claves a tener en cuenta para pedir estas subvenciones, así como las perspectivas de ayudas directas para los sectores agroganaderos en crisis. El Gobierno español tiene que decidir este otoño como distribuye la parte que le corresponde de esas ayudas directas, 14 millones de un total de 350 en la UE. Echamos mano para este análisis de las indicaciones que ha publicado la Consellería de Medio Rural y de la información que manejan organizaciones agrarias como el Sindicato Labrego.

1) Cuantía y requisitos de la ayuda

Las ayudas serán de 14 euros por cada 100 kilos de reducción autorizada y se otorgarán mientras haya fondos, hasta agotar los 150 millones de euros habilitados en el conjunto de la UE. Se le concederán a aquellas explotaciones que reduzcan sus entregas de leche durante un período de 3 meses consecutivos (período de reducción) en comparación con ese mismo período en el año anterior (período de referencia).

La subvención por beneficiario será como mínimo para una reducción de 1.500 kilos y como máximo para una rebaja del 50% de su producción en el periodo de referencia.

Podrán solicitar la ayuda los ganaderos activos que hayan hecho entregas de leche en el mes de julio del 2016.

2) Plazos de solicitud

En función del período en el que la granja quiera hacer la reducción de las entregas, deberá presentar la solicitud antes de una fecha determinada:

– Antes de 21 de septiembre, si la reducción de las entregas se va a hacer en los meses de octubre, noviembre y diciembre.
– Antes de 12 de octubre, si se opta por los meses de noviembre, diciembre y enero.
– Antes de 9 de noviembre, para los meses de diciembre, enero y febrero.
– Antes de 7 de diciembre, para enero, febrero y marzo del 2017.

Sólo podrá presentarse la solicitud para un único período, con la excepción de aquellos productores que la presenten para el primer y cuarto período, ya que son los únicos que no se solapan en el tiempo.

3) Asignación de las ayudas y de las cantidades a reducir

Al presentar la solicitud, la explotación se compromete a una determinada reducción. Si el volumen de todas las peticiones presentadas a nivel de la UE supera el volumen máximo objeto de la ayuda (1,1 millones de toneladas), la Comisión fijará un coeficiente de asignación sobre cada ayuda. Es decir, si por ejemplo una granja solicita reducir 10.000 kilos y se determina que sólo hay fondos para atender el 80% de los volúmenes de reducción solicitados, a esa explotación se le asignará ayuda para que comprometa una bajada de producción de 8.000 kilos.

Conviene tener en cuenta que cuando se fije un coeficiente de asignación, se rechazarán todas las solicitudes presentadas después de la fecha límite y los plazos subsiguientes de petición tampoco se aplicarán.

4) Solicitudes

Los interesados deberán presentar la solicitud a través de una aplicación web que se creará al efecto (y de la que se informará). A esa aplicación se podrá acceder con el DNI y las claves de la Oficina Agraria Virtual de la Consellería. Será obligatorio además presentar la solicitud por registro en papel, por ejemplo en las Oficinas Agrarias Comarcales.

El solicitante tendrá que indicar la leche entregada en el período de referencia (los tres meses del año pasado que se correspondan con los meses en los que se aplicará esta campaña el período de reducción) y lo que prevé bajar este año. Será preciso aportar copias de las facturas del período de referencia, así como de julio del 2016.

La explotación tendrá que tener en cuenta los compromisos contractuales con las industrias lácteas en lo que respecta a volúmenes de entrega de leche. Desde la Consellería recomiendan que haya consentimientos por escrito para la reducción por parte de las industrias, según indica el Sindicato Labrego.

5) Petición de pago de la ayuda

La petición para el pago se formulará como fecha límite 45 días después del final del período de reducción comprometido. Se generará en la web y habrá que registrarla en papel. Se acompañará de las facturas del período en el que se comprometió la bajada de las entregas.

El pago de las ayudas se efectuará tras la comprobación por parte de los Estados Miembros de que la reducción de la producción realmente se llevó a cabo. La cantidad de la ayuda solicitada se reducirá si el solicitante, finalmente, no disminuye durante el período de reducción aquella cantidad que se comprometió a bajar en principio.

Si realmente rebaja las entregas menos del 20% de lo comunicado inicialmente, no tendrá garantizada ninguna ayuda; si reduce entre el 20% y el 50% de lo comunicado inicialmente, recibirá el 50% de la ayuda; si baja entre el 50% y el 80% de lo comunicado, recibirá el 80% de la ayuda; y si reduce más del 80% de lo aprobado, recibirá la ayuda completa.

6) Ayudas directas

Junto con la ayuda de reducción de la producción, la Comisión le aportará 14 millones de euros al Gobierno español para que fomente el desarrollo sostenible de las explotaciones ganaderas y contribuya a asegurar la estabilidad del mercado. El Gobierno tiene que decidir cómo reparte este dinero. Entre las posibilidades, figuran las siguientes:
– Cofinanciar con dinero a mayores el programa de ayudas de reducción de la producción.

– Apoyar producciones a pequeña escala.
– Fomentar métodos de producción extensivos o amigables con el medioambiente y con el clima.
– Promover esquemas de calidad de la leche o proyectos de cooperación.

Antes del 30 de noviembre, el Gobierno debe notificarle a la Comisión el programa nacional de medidas concretas adoptadas. Cada Estado Miembro tiene flexibilidad para decidir si dedica el dinero solo al sector lácteo o también a alguno de los siguientes: vacuno de carne, porcino, ovino de carne y caprino de carne.

7) Cambios en la ayuda asociada de la PAC

Los Estados Miembro tendrán la posibilidad de establecer excepciones a la obligación de mantener el tamaño de los rebaños en el 2017. Esta decisión, de adoptarse en España, llevaría a que se pudieran conceder en el 2017 ayudas acopladas al vacuno de leche en base a los animales justificados en el 2016, sin necesidad de mantener ese mismo número. Con esta medida, se quieren evitar incentivos a los aumentos de producción.

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