La Xunta define cómo actuar ante incumplimientos graves en bienestar animal

Los casos puntuales de ganaderías en malas condiciones que han trascendido en los últimos años llevaron a la Administración a regular la posible incautación provisional de animales de producción en casos de graves riesgos

La Xunta define cómo actuar ante incumplimientos graves en bienestar animal

El sector industrial está desarrollando certificaciones en bienestar animal para sus ganaderías.

La Administración autonómica ha decidido regular una serie de medidas en relación al bienestar de los animales de producción. Los casos aislados de ganaderías en malas condiciones que trascendieron en los últimos años llevaron a la Xunta a definir un protocolo de actuación para situaciones de incumplimientos graves, siempre que supongan un grave riesgo para la vida de los animales. El protocolo, que entra en vigor el 1 de enero por medio de la Lei de medidas fiscais e administrativas, complementará la legislación estatal de bienestar animal (Ley 32/2007).

La Xunta establece que en el caso de incumplimientos graves de la normativa de bienestar y protección de los animales, podrá actuar de oficio o a instancias de parte, adoptando medidas provisionales para poner fin a la situación. Entre esas medidas, se podrá decidir la incautación de los animales, pudiendo también optar por la eutanasia ‘in situ’ o el sacrificio en el matadero de ser preciso.

La medida provisional de incautación deberá ser confirmada, modificada o levantada en el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes. Los gastos derivados de la incautación correrán a cargo de la persona o personas contra las que se siga el procedimiento sancionador.

Resolución del procedimiento sancionador
Una vez que se resuelva el expediente sancionador, este podrá acordar, en el caso de infracciones graves o muy graves, el decomiso definitivo de los animales. De ser así, la resolución deberá determinar el destino definitivo de los animales, que será preferentemente su venta por subasta pública o su cesión gratuita a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades relacionadas con el bienestar y protección de los animales.

De decidirse la venta de los animales, ésta deberá ir precedida de una valoración previa para determinar su precio de mercado. La forma común de enajenación será por subasta pública, si bien también se podrá optar por la adjudicación directa cuando se den algunas de las condiciones establecidas en el artículo 77 de la Lei 5/2011, como puede ser un valor de taxación del ganado inferior a 6.000 euros, una subasta previa declarada desierta o su venta a una entidad pública.

Por último, la Xunta acordó que los ingresos procedentes de las multas impuestas por la Administración en materia de bienestar animal pasen a integrar un fondo cuyo destino será sufragar los gastos en que incurra la Administración para mantener a los animales procedentes de incautaciones o decomisos. El dinero ingresado por la posible venta de estos animales pasarán también a ingresar el mismo fondo.

Contexto
Conviene recordar que la inmensa mayoría de las explotaciones gallegas aprueban en bienestar animal, pues un 97,3% cumplen con los parámetros del sistema europeo ‘Welfare Quality’, según un reciente estudio de la Facultad de Veterinaria de Lugo. Entre las ganaderías que suspenden, la mayoría lo hacen con incumplimientos leves y en el sector productor se considera que serán contados los casos extremos en los que se podrían llegar a aplicar los protocolos anteriores.

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