Ganadería, agricultura y sector forestal, declaradas actividades esenciales

El Gobierno decreta la paralización de las actividades no esenciales hasta el 9 de abril, pero el sector primario y las empresas que le presten servicios podrán mantener la actividad

El Gobierno ha anunciado la paralización de actividades no esenciales hasta el 9 de abril en un intento de frenar la expansión del coronavirus. Ganadería, agricultura y sector forestal quedan al margen, pues son consideradas actividades esenciales, igual que las actividades que le prestan servicios al sector, como fábricas de piensos, fertilizantes, fitosanitarios, viveros y empresas de distribución de insumos agrarios.

Toda actividad que no sea considerada imprescindible deberá o bien suspenderse o continuarse vía teletrabajo desde casa, pero no se permitirán los desplazamientos ligados a actividades no esenciales. Todo el sector primario queda al margen de esa suspensión, pues agricultura, ganadería, sector forestal y empresas agroalimentarias se consideran imprescindibles para garantizar el abastecimiento de alimentos de la población y de productos de primera necesidad.

Igual que ya había sucedido en otros países, como Estados Unidos, el Gobierno va a optar por declarar la actividad forestal como esencial, pues el suministro de mascarillas y papel higiénico depende de la industria del papel, en tanto que parte de los aserraderos suministran de material al sector alimentario (cajas de madera, palés, envases, etc.), por lo que también se acordará su continuidad, según la relación de actividades permitidas que aparece en el borrador de orden ministerial al que tuvo acceso la Cadena Ser.

En el sector primario, según ese borrador, que tiene que ser aprobado mañana en el Consejo de Ministros, aparecen, entre otras, las siguientes actividades ligadas al sector primario consideradas como esenciales:

– Cultivos no perennes.
– Cultivos perennes.
– Propagación de plantas.
– Producción ganadera.
– Producción agrícola combinada con la producción ganadera.
– Actividades de apoyo a la ganadería, a la agricultura o de preparación posterior de la cosecha.
– Silvicultura y otras actividades forestales.
– Explotación de la madera.
– Recolección de productos silvestres.
– Servicios de apoyo a la silvicultura.
– Procesado y conservación de carne y productos cárnicos.
– Procesado y conservación de frutas y hortalizas.
– Fabricación de lácteos.
– Fabricación de bebidas.
– Fabricación de productos alimenticios.
– Fabricación de productos para la alimentación animal.
– Aserrado y cepillado de la madera.
– Fabricación de envases y embalajes de madera.
– Fabricación de pasta de papel, papel y cartón.
– Fabricación de productos químicos básicos, entre ellos fertilizantes, plásticos y cauchos básicos.
– Fabricación de productos agroquímicos.
– Reparación de productos metálicos, maquinarias y equipos.


Actualización 30-III: El Gobierno confirma al sector ganadero, agrícola y alimentario como actividades esenciales.

Actualización 30-III-2020 (15.20 horas): A Delegación do Goberno aclara que aserradoiros, rematantes e viveiros forestais poden manter a actividade.

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