Entra en vigor la autorización para trabajar huertas en el municipio de residencia habitual

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Entra en vigor la autorización para trabajar huertas en el municipio de residencia habitual

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la Orden de la Consellería de Medio Rural por la que se autoriza el desplazamiento a huertas y viñedos de autoconsumo que estén ubicados bien en el municipio de residencia habitual, bien en otro ayuntamiento pero a un máximo de 5 kilómetros de distancia de la vivienda.

Para acreditar la necesidad de desplazamiento a una huerta de autoconsumo, habrá que llevar encima una declaración responsable. Esta declaración responsable debe incluir los siguientes datos: fincas en las que se desarrollan los cultivos, incluyendo la identificación de la parcela; tipo de cultivos que se realizan y si se trata de un cultivo ecológico, habrá también que indicarlo. Si no fuera un cultivo ecológico, se le podría requerir a la persona que presente el carné de manipulador de productos fitosanitarios.

En el documento, la persona deberá además declarar que lleva desplazándose de manera habitual a la parcela en cuestión por lo menos durante el último año. “Todo esto sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección por parte de la Administración, para verificar el contenido de tal declaración responsable”, concluye la Orden publicada hoy en el DOG.

Una vez en la finca, en ningún caso podrá haber más de dos personas en el predio y en todo momento estas deberán respetar las distancias de seguridad y demás protocolos de prevención establecidos.

Agricultores profesionales
Por lo que respecta a los desplazamientos de agricultores profesionales, su actividad queda como hasta el momento. Es suficiente con que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, un registro que podrán consultar las fuerzas de seguridad para verificar los datos.

En el caso de los viticultores, deben portar documentos que acrediten su condición, como el carné manipulador de productos fitosanitarios o la tarjeta de registro dispensada por el Consello Regulador de la Denominación de Origen.

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