El Gobierno aprueba por fin el etiquetado obligatorio del origen de la leche

A partir de enero de 2019 será obligatorio en España que la leche, el queso o los yogures indiquen en el etiquetado el país de origen de la leche. Los productores confían en que redundará en mejores precios, pero critican también las ambigüedades de la norma

El Gobierno aprueba por fin el etiquetado obligatorio del origen de la leche

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto por el que se establece la obligatoriedad de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y de los productos lácteos. La normativa forma parte del Acuerdo Lácteo alcanzado en septiembre de 2015, pero no ha sido hasta ahora, tres años después, cuando el gobierno ha decidido aprobar el decreto, a pesar del informe en contra del Tribunal de Defensa de la Competencia.

El etiquetado del origen de la leche, una reivindicación de ganaderos y consumidores, será obligatorio a partir de enero de 2019 y ahora se abre un período de adaptación de 4 meses para la industria y la distribución. El anterior ejecutivo tenía ya lista para aprobar la norma en mayo, pero las dudas planteadas por Competencia y la moción de censura postergaron su aprobación.

Los ganaderos creen que con esta medida, ya vigor en países como Francia o Italia, los consumidores apoyen más el producto de origen español, lo que, por lógica, debería conllevar a unos mejores precios, toda vez que la producción nacional de leche de vaca cubre apenas el 75% del consumo de España. Un ejemplo sería Francia, donde desde la entrada en vigor del etiquetado obligatorio del origen de la leche, las importaciones de leche se han reducido en un 45%.

La normativa cumple con la legislación de la Unión Europea, ya que el Reglamento de la Unión Europea en vigor sobre información al consumidor, y en particular al etiquetado de alimentos, es voluntario para cada país.

Con esta medida, el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberán identificar el “país de ordeño” y el “país de transformación” de la leche utilizada como materia prima.

Cuando el país de ordeño y/o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse “España” y no se podrá sustituir por la expresión “UE”. Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse “País de ordeño” y “País de transformación”, seguidas del nombre del/los Estados Miembros (EEMM), o “UE”, “fuera de la UE”, “UE y fuera de la UE”. De esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche ordeñada y transformada en España.

Productos a los que afectará:

-Leche y nata, sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo.
-Leche y nata, concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo.
-Suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados, edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.
-Lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.
-Mantequilla y demás materias grasas de la leche.
-Quesos y requesón.

Entrará en vigor con carácter obligatorio a partir de enero de 2019

La obligatoriedad de inclusión del origen en el etiquetado lácteo, que estará en vigor durante un periodo de dos años, comenzará a aplicarse a partir de los cuatro meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, por lo que la Industria Láctea tendrá tiempo en adaptarse.

En cuanto a los productos legalmente fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto, podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.

El 88% de los consumidores españoles reclaman esta medida

Con esta medida puesta en marcha por el Gobierno los consumidores españoles van a poder tener una información clara sobre dónde se ha ordeñado y transformado la leche y los derivados lácteos que compren. Se trata de una medida en favor de la información veraz y un compromiso de la industria láctea con la transparencia.

Según se constata en algunas encuestas, los consumidores quieren conocer el origen de los alimentos que adquieren. De acuerdo con esos datos, el 88% de los consumidores españoles, un 4% más que los europeos, estiman necesaria la identificación del origen de la leche como producto y como ingrediente de otros productos lácteos  y el 86% de los distribuidores en su mayoría consideran que el identificativo del origen español aumentaría sus ventas de leche

En línea con esta propuesta del Gobierno, el Ministerio está comenzando a promover un cambio en el etiquetado de la miel para indicar su procedencia.

Valoraciones de los representantes de los productores:

Unións Agrarias: “Es necesario que el Gobierno realice una campaña de divulgación”

Desde Unións Agrarias, su secretario general, Roberto García, valora positivamente la aprobación del decreto por parte del Consejo de Ministros, “por un gobierno que por primera vez ha desoído al Tribunal de Defensa de la Competencia”.

En todo caso, para que sea efectiva esta medida defiende que “es necesario realizar una campaña de comunicación con dinero público, no pagada por los ganaderos, para dar a conocer a los consumidores y a la opinión pública en general en que consiste este decreto y la importancia de fijarse en el origen de la leche y de los productos lácteos a la hora de la compra”.

Isabel Vilalba, do SLG; Miguel López Crespo, da Unión de Consumidores de Galicia, e Roberto García, de UUA, reclamando a etiquetaxe obrigatoria

Isabel Vilalba, do SLG; Miguel López Crespo, da Unión de Consumidores de Galicia, e Roberto García, de UUA, reclamando a etiquetaxe obrigatoria

Roberto García recuerda también que “esta demanda del etiquetado obligatorio del origen fue impulsada desde Galicia, a través de un acuerdo de colaboración con la Unión de Consumidores de Galicia” y en la que también participó Unións Agrarias y el Sindicato Labrego Galego.

Por ultimo, el secretario general de Unións espera que “el nuevo Gobierno siga en la misma línea y tres años después aprueba los otros compromisos del paquete lácteo: negociación colectiva obligatoria entre productores e industria, que se publiquen los precios que le paga la distribución a la industria láctea, que se persiga realmente la utilización de la leche como producto reclama y que se garanticen los márgenes para que cada uno de los eslabones de la cadena, empezando por los ganaderos, cubran los costes de producción”.

Sindicato Labrego: “Es imprescindible garantizar precios justos para el sector productor”

En la misma línea, Isabel Vilalba, secretaria general del Sindicato Labrego Galego, recuerda que “conocer el origen de la leche es un derecho fundamental de las personas que compramos un alimento para poder elegir”.

Sin embargo, critica que en el decreto “se siga sin apostar por un etiquetado claro, ya que se da cabida a denominaciones ambiguas, como producto de la UE o fuera de la UE, lo que coarta la capacidad de elección de las personas consumidoras”.

“Nos gustaría que el decreto fuera mucho más allá, incluyendo en el etiquetado también el tipo de leche e información vez sobre si ha sido producido de una forma respectuosa con el medio ambiente y garantizando al productor unos ingresos justos, ya que el actual sello PLS no tiene contenido real”, concluye Isabel Vilalba.

COAG: “El decreto es positivo pero presenta importantes carencias”

La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) se felicita por la aprobación del Real Decreto que obliga a etiquetar el país de origen de la leche y los productos lácteos.

Sin embargo, consideran que la norma adolece de algunas cuestiones importantes:

-La fórmula elegida para identificar el origen de la leche y los productos lácteos resultará confusa para los consumidores, pues si el país de ordeño, de transformación no es España podrá sustituirse por “UE” o “fuera de la UE” o “UE y fuera de la UE”.

-Sólo será obligatorio indicar el origen de la leche utilizada como ingrediente cuando ésta represente un porcentaje superior al 50% (en peso) respecto al total de ingredientes utilizados en el producto lácteo final.

-No es definitivo. El RD se aplicará durante un periodo de 2 años desde su entrada en vigor (sin perjuicio de que pueda perder sus efectos en caso de que la Comisión Europea adopte algún acto de ejecución en otro sentido).

-Además, el Ministerio de Agricultura no refleja la voluntad de evaluar el resultado de la aplicación del RD una vez transcurridos los dos años de aplicación del mismo. Dado que se trata de una norma con carácter experimental, desde la COG consideran que deberían evaluarse los logros conseguidos con su aplicación tras ese periodo de dos años.

-No hace ninguna mención a las labores de control ni a las sanciones en caso de incumplimientos.

Consulta aquí el texto del Real Decreto publicado en el BOE

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