¿Que cambios se prevén en España en las autorizaciones para plantar viñedo?

Los actuales criterios de reparto que utiliza el Ministerio de Agricultura para autorizar nuevas plantaciones de viñedo provocan malestar en el sector, al no adecuarse a las realidades de cada región. Informamos de los cambios que se avecinan

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¿Que cambios se prevén en España en las autorizaciones para plantar viñedo?

Plantación de viñedo en Valdeorras

El Ministerio de Agricultura está negociando desde hace meses una reforma del sistema de autorizaciones para realizar plantaciones de viñedo en España. El actual sistema, regulado por el Real Decreto 772/2017, ha generado un importante malestar en el sector, fundamentalmente por las limitaciones que se imponen a los pequeños viticultores así como as las grandes bodegas, y por la falta de adaptación a las realidades del sector vitivinícola en cada Comunidad Autónoma.

En la última ronda de negociaciones, celebrada a finales de abril, entre representantes del Ministerio y del sector (Asaja, UPA, COAG, cooperativas, consejos reguladores y Federación Española del Vino) se llegó a un principio de acuerdo sobre los nuevos criterios para el reparto de las autorizaciones, que de ser aprobados este año, entrarían en vigor en 2019.

Los principales cambios sobre los que se ha llegado a un acuerdo, según informan a Campo Galego fuentes presentes en las negociaciones, son los siguientes:

-Límite máximo de superficie admisible por solicitante:

El texto acordado y que propone el Ministerio es que “En la concesión de autorizaciones de nuevas plantaciones se tendrá en cuenta un límite máximo de superficie admisible por solicitante a nivel nacional de 5 hectáreas. Dicho límite sólo será aplicado cuando el total de superficie admisible solicitada supere la superficie disponible para autorizaciones de nuevas plantaciones”.

Sin embargo, las posiciones dentro del sector son dispares. Así, mientras ASAJA defiende un limite máximo por solicitante fijado año a año en la resolución y que este sea de 10 hectáreas, la FEV pidió elevar el límite a 20 hectáreas. El resto del sector pide que el nuevo Real Decreto fije un límite máximo de 5 hectáreas por solicitante.

Además, pidieron el Ministerio que explorase la posibilidad de que permita a las Comunidades Autónomas o a los Consejos Reguladores establecer ese límite máximo por solicitante en cada zona, algo a lo que el Gobierno Central de momento no se aviene.

-Cambios en los criterios de prioridad:

Hay un consenso entre prácticamente todas las organizaciones sectoriales en el sentido de que priorice en el reparto de nuevas autorizaciones de plantación de viñedo a los jóvenes que ya son viticultores por encima de los que nuevos viticultores.

En este sentido, los cambios que se proponen para el nuevo Real Decreto son:

A) Buen comportamiento previo del joven viticultor:

Se propone que “el solicitante sea una persona física que en el año de la presentación de la solicitud no cumpla más de 40 años y que no haya tenido plantaciones de viñedo sin autorización. Además, se deberá cumplir que a fecha de apertura del plazo de solicitudes no le haya vencido ninguna autorización para nueva plantación concedida anteriormente por no haber sido utilizada, no tenga plantaciones de viñedo abandonado en el Registro Vitícola desde hace 8 años hasta la apertura del plazo de solicitudes….”.

B) Priorizar a los viticultores con pequeña o mediana explotación:

La propuesta actual es una de las que más recelos suscita, sobre todo en Galicia, ya que prioriza en el reparto al pequeño viticultor, considerando como tal a aquel que tiene más de 0,5 hectáreas de viñedo. Sin embargo, el pequeño viticultor gallego se ve penalizado por este límite, ya que debido al minifundio muchos de ellos no alcanzan esta superficie.

En este sentido, los cambios propuestos van en la línea de considera el límite de 0,5 hectáreas para toda la superficie agrícola del solicitante, y no solo la superficie de viñedo.

Si el solicitante cumple con el criterio de pequeño viticultor se la dará una puntuación según el tamaño, y que variará según la comunidad autónoma.

C) Otras modificaciones:

-Se aplicará un nuevo criterio de admisibilidad: no tener plantaciones de viñedo sin autorización ni ilegales.

– Las restricciones en la concesión de solicitudes de autorizaciones de replantación y de conversión en una DOP sólo se podrán aplicar de forma total.

La propuesta de puntuación es la siguiente:

REPARTO_VIÑEDO_PROPOSTA

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