“La empresa privada será la que fije las tarifas para las inspecciones de los equipos aplicadores de fitosanitarios”

Entrevista a Víctor Novo Vázquez, jefe del Servicio de Sanidad y Producción Vegetal de la Consellería de Medio Rural. En las próximas semanas publicarán el calendario de inspecciones de los equipos en las ITEAF.

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“La empresa privada será la que fije las tarifas para las inspecciones de los equipos aplicadores de fitosanitarios”

Víctor Novo Vázquez

Hoy, 26 de noviembre, empieza a aplicarse el Real Decreto 1311/2012 de Uso Sostenible de productos fitosanitarios en lo relativo a la exigencia de carné de aplicador para poder comprar y vender productos fitosanitarios de uso profesional. El sector se queja de la falta de información, de la escasa oferta de productos de uso no profesional, así como de la falta de formación online para obtener el carné de aplicador, algo que sí sucede en otras Comunidades Autónomas.

Hablamos sobre el nuevo decreto con Víctor Novo Vázquez, jefe del Servicio de Sanidad y Producción Vegetal de la Consellería de Medio Rural.

¿Cuáles son las grandes novedades del Real Decreto 1311/2012?
Para el agricultor y para el vendedor va a suponer deberes distintos. A partir de hoy el vendedor de productos fitosanitarios tiene que estar en posesión de un carné de manipulador-aplicador de productos fitosanitarios de nivel cualificado, mientras que para el agricultor que aplique productos fitosanitarios y quiera comprar productos de uso profesional tendrá que disponer como mínimo de un carné de nivel básico.

Por otra parte, los distribuidores y suministradores de productos fitosanitarios y establecimientos de venta deberán disponer de un registro de transacciones donde se deberá cubrir una serie de datos (número de carné de manipulador de la persona a la que se le vende un producto profesional, fecha de venta, materia activa, número de lote…etc). Este documento deberá estar disponible, bien en papel o bien en soporte informático, para poder ser presentado en caso de inspección a las autoridades competentes en sanidad vegetal.

Desde el sector agrícola en Galicia hay quien critica que este decreto está concebido por Bruselas para grandes extensiones agrarias y para agricultores a tiempo completo y que, por lo tanto, no se adapta a la realidad de Galicia...
El fin de la agricultura es producir productos sanos para el consumo humano. Y ya sea de una manera profesionalizada y a gran escala o bien en pequeñas explotaciones de una manera más artesanal, todas ellas deben asegurar que sus productos cumplen con los límites máximos de residuos permitidos por la normativa comunitaria y, por lo tanto, aptos para el consumo humano. Por tanto, la normativa es aplicable independientemente de la forma de producir estos productos

Al mismo tiempo, la filosofía última de esta directiva se encuadra en el marco de la sostenibilidad en el uso de los productos fitosanitarios, por lo que trata de incorporar actuaciones responsables que mejoran el medio ambiente y la salud de las personas, por eso siempre serán disposiciones normativas beneficiosas para el sector.

Parece que el Real Decreto 1311/2012 se va a modificar a nivel estatal. ¿Qué alegaciones presentó la Xunta al Real Decreto de Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios?
Este Real Decreto supuso un cambio radical en la filosofía de utilización de productos fitosanitarios derivadas de las exigencias de la Comisión Europea por lo que obligó a regular de nuevo muchos aspectos relacionados con el uso de fitosanitarios. Como en toda normativa nueva se adoptan medidas que una vez que se aplican pueden no ser todo lo operativas que se pensaban y por lo tanto se tienen que realizar ajustes para que se adapten a la realidad. Las variaciones no son substanciales ni afectan a la filosofía de este Real decreto pero que sí necesitan determinados ajustes que aumenten su operatividad.

Desde el sector se demanda a la Xunta más información sobre los cambios que supondrá este Real Decreto. ¿Tiene prevista la Consellería alguna campaña informativa?
Se llevan haciendo campañas en los medios de comunicación, en la web de la Consellería, directamente a todos los sectores implicados o a través de las Oficinas Agrarias Comarcales desde la publicación de la normativa básica. La Consellería está a disposición de los sectores implicados para explicarles todo lo que sea necesario, pero la normativa es conocida, está publicada desde el año 2012 y lo único que cambia en este momento es que determinados aspectos de ésta entran en vigor hoy, 26 de noviembre de 2015.

“Hasta ahora no aumentó la demanda de cursos para el carné de fitosanitarios de forma significativa”

También se reclama que se facilite la obtención del carné básico, ampliando la oferta de cursos y haciendo parte de la formación online. ¿Va a realizar algún cambio la Consellería?
La Xunta a través del Servicio de Formación Agroforestal, dispone de un Plan de Formación que incluye la realización de cursos de aplicador de fitosanitarios tanto a nivel básico como cualificado en toda la comunidad autónoma, bien a través de entidades colaboradoras bien a través de las oficinas agrarias comarcales. Este Plan se publica en la página web de la Consellería para todo el año, y la Consellería está pendiente del posible incremento de la demanda de solicitudes que hasta ahora no se ha producido de manera significativa.

¿Que formación y que funciones tiene que tener el asesor y el titulado universitario de los establecimientos?
Son dos figuras diferentes. El antecedente de la figura del titulado universitario en establecimientos de venta y distribución de productos fitosanitarios ya viene regulado desde la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal, que establece que los establecimientos de venta de fitosanitarios deben contar con un universitario con titulación habilitante en temas de sanidad vegetal y que esté al tanto de los cambios de legislación, de los condicionantes técnicos que debe tener el establecimiento…etc.

El Real Decreto establece también este deber y regula cuáles son las titulaciones habilitantes que autorizan para la realización de estos trabajos

Anuncio informativo en Agroulla (Valga-Pontevedra)

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Por el contrario, el Real Decreto 1311/2012 establece la figura del asesor, que es diferente, ya que su función es asesorar en la gestión integrada de plagas, con el objetivo de racionalizar el empleo de fitosanitarios en los cultivos agrarios.

El Real Decreto establece una serie de superficies agrarias exentas de la necesidad de contar con un asesor en gestión integrada de plagas. Por ejemplo, en Galicia deberán tenerlo superficies de un mismo titular de viña, patata o kiwi superiores a 5 hectáreas. En frutales deberán tenerlo las superficies de más de 2 hectáreas. Por el contrario, están exentas de tenerlo las plantaciones de forrajeras o de cereal.

¿La nueva normativa no limita en exceso los productos fitosanitarios de uso no profesional, que se pueden comprar sin carné?
La normativa básica no limita el uso de los productos de uso no profesional, sino que permite su comercialización sin necesidad de que el comercializador esté registrado, y sin necesidad de un carné de aplicador para su utilización. El usuario no profesional únicamente podrá comprar aquellos productos que sean para uso no profesional, que además tienen que venir en envases con un tamaño máximo.

El Real Decreto 1311/2012 también introduce la novedad de las ITEAF. ¿Cómo está la situación en este momento en Galicia?
El Real Decreto 1702/2011 que regula las Inspecciones de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF) se traspuso en Galicia a través del Decreto 60/2014, publicado en junio de 2014, en el que la Xunta regula las ITEAF y crea el Comité Fitosanitario Gallego.

En el decreto de la Xunta se regulan los requisitos que deben cumplir las estaciones autorizadas para realizar las ITEAF. El decreto contempla dos opciones: que la estación sea autorizada por la propia comunidad autónoma o que siendo autorizada por otra comunidad autónoma nos sea comunicada y pueda trabajar aquí. En este momento a Consellería de Medio Rural tiene cinco empresas autorizadas para realizar las ITEAF y dos más en proceso de autorización, una información que ya está disponible en la web de la Consellería.

Es el titular de la máquina el que tiene que llamar a estas empresas autorizadas para que le den precio y le vengan a hacer la inspección.

¿Qué equipos tendrán que pasar las inspecciones?
En Galicia hay unas 9.800 máquinas censadas en el Registro de Maquinaria Agrícola (ROMA) y será obligatorio que pasen las inspecciones en las fechas que fijemos, y de lo contrario se enfrentarán a inspecciones.

Las sulfatadoras de mochila y las sulfatadoras de hasta 100 litros están exentas de este deber. Las máquinas nuevas no tendrán que pasar la ITEAF hasta los 5 años y a partir de ahí tendrán que pasar una cada 5 años, excepto para equipos de empresas de servicios agrarios, ADF, cooperativas agrarias que presten servicios de aplicación de fitosanitarios,etc…que tendrán que pasar la primera a los 3 años. La fecha límite para que pasen estas inspecciones es el 26 de noviembre de 2016. A partir del año 2020 todas las inspecciones serán cada 3 años.

“En los próximos días publicaremos el calendario para las inspecciones de los equipos de aplicación de fitosanitarios”

La Consellería está estableciendo un calendario para pasar las inspecciones a nivel comarcal a lo largo del próximo año y que aprobaremos en las próximas fechas y será convenientemente publicado en la web de la Xunta. Estamos intentando organizarlo a través de las cooperativas para que puedan conseguir mejores precios de las empresas autorizadas y centralizar las inspecciones en unos días concretos.

De todas formas, hay muchas máquinas de aplicación de fitosanitarios que no están inscritas en el ROMA. Estas máquinas no podrán realizar las inspecciones si no están inscritas previamente.

¿Están limitadas las tarifas por la Xunta?
Las tarifas que incluye el decreto 60/2014 de la Consellería de Medio Rural son precios públicos, es decir son las tarifas que tiene que cobrar la Administración en caso de que sea ella la que prestara ese servicio de inspección de la maquinaria de aplicación de fitosanitarios. Las cantidades que van a cobrar las empresas privadas serán las que ellas mismas determinen en cada caso.

“Las empresas privadas serán las que determinen las tarifas de las inspecciones”

Por último, ¿que medidas ha previsto poner en marcha la Xunta para frenar el tráfico de productos fitosanitarios desde Portugal a Galicia, sobre todo en las comarcas del sur de Pontevedra?
Ya se están tomando medidas, ya que los productos autorizados en Portugal no tienen porque estar autorizados aquí, así como el deber de que todas las indicaciones de uso de los productos tengan que venir en la lengua oficial del estado miembro donde se comercialicen. Se están aplicando sanciones a los poseedores de productos no autorizados. El SEPRONA también colabora con nosotros en el control de este comercio fraudulento.

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