Convocatoria de la Deputación de Pontevedra para la creación de parques forestales

El vicepresidente del organismo provincial, César Mosquera, anuncia una partida de 800.000 euros para la tercera edición de la iniciativa en los montes vecinales de la provincia

Convocatoria de la Deputación de Pontevedra para la creación de parques forestales

César Mosquera, vicepresidente de la Deputación de Pontevedra.

La Deputación de Pontevedra ha aprobado hoy en Junta de Gobierno su tercera y última convocatoria para crear parques forestales en los montes de la provincia. El vicepresidente del organismo provincial, César Mosquera, explicó que la partida económica para ayudar a los municipios asciende a 800.000 euros. El objetivo de la iniciativa es la mejora y puesta en valor de terrenos forestales que estén abandonados o deteriorados.

La línea de creación de parques forestales se orienta a que los Concellos de la provincia impulsen la habilitación de espacios verdes de ocio de común acuerdo con las comunidades de montes vecinales correspondientes. Mosquera explicó que esta última convocatoria responde al interés mostrado por diferentes municipios que están trabajando en la redacción de proyectos para la recuperación de montes o que están programando ya la ejecución de actuaciones en tal sentido.

Las bases de la nueva línea de ayudas saldrán publicadas en el Boletín de la Provincia a finales de la próxima semana y se abrirá un plazo amplio para presentar las solicitudes y los informes sectoriales necesarios.

En las bases se explica que serán acciones subvencionables los proyectos destinados a la creación de parques forestales que tengan como objeto preservar, mejorar y destacar valores naturales (paisajísticos, ambientales, edafológicos y forestales) y culturales; las formaciones arbóreas (carballeiras, sotos, bosques etc.); la preservación de especies de valor ecológico; la preservación del patrimonio: yacimientos arqueológicos (castros, mámoas, petroglifos etc.), monumentos, lugares, conjuntos, tradiciones o técnicas artesanales; la adopción de medidas frente a incendios: silvicultura preventiva, franjas de protección, cortafuegos vegetales o la creación de puntos de agua; la diversificación de usos: producción de setas, plantas aromáticas, silvopastoreo, aprovechamiento de frutos o apicultura; así como la creación de zonas de uso y aprovechamiento para la ciudadanía como sendas peatonales, miradores, parques, rutas o aulas de interpretación, entre otros.

Para desarrollar estas actuaciones se aprobaron dos líneas de actuación. La ‘Línea 1’ incluye la redacción de los proyectos de parques forestales, subvencionados hasta un máximo del 70 % de su costo y con un límite superior de 6.000 euros por proyecto, y la ‘Línea 2’ de subvenciones para la ejecución de las actuaciones contempladas en proyectos ya redactados, subvencionados hasta un máximo del 70% del costo, con un límite superior máximo subvencionable de 1.500 euros por hectárea. Esta cifra, explicó el vicepresidente, eleva considerablemente el máximo de las ayudas anteriores, que se se había fijado en los 900 euros por hectárea.

Por otra parte, según explicó Mosquera, otra de las novedades de las bases aprobadas hoy es que para el cálculo del límite superior en la ‘Línea 2’ se tendrán en cuenta sólo las hectáreas en las que se van a realizar actuaciones y no la totalidad del parque forestal. Por tanto, en el caso de actuaciones puntuales que no consigan grandes superficies (puesta en valor de un yacimiento, una fuente o un tramo de escalada, por ejemplo) se determinará un área de influencia coherente alrededor que tendrá que venir reflejada en el proyecto, y será esta la que se tendrá en cuenta para el cálculo del límite de la ayuda.

En ambos casos, el 30 % restante no subvencionable hasta completar el presupuesto de los proyectos y actuaciones -o la cantidad que resultara en el caso de superarse los límites fijados- lo tendrán que aportar los Concellos solicitantes, bien de sus fondos, bien mediante acuerdos con las entidades titulares de los predios objeto de la actuación pretendida.

Los municipios beneficiarios de estas ayudas deberán tener ejecutadas las actuaciones antes del 31 de diciembre de 2019 para la Línea 1 y antes del 30 de junio de 2020 para la Línea 2. Además, deberán justificarlas en el plazo de tres meses desde su finalización y, en todo caso, antes del 31 de marzo de 2020 y del 30 de septiembre del 2020 respectivamente.

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