Convocadas las ayudas para reestructuracion y reconversión del viñedo

Publicidade
Publicidade

Administración convocante: Consellería de Medio Rural

Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2018/20180416/AnuncioG0426-040418-0002_es.html

Prazo: 16/05/2018

Resumo:

El Diario Oficial de Galicia publica este lunes la Orden de la Consellería de Medio Rural por la que convoca las ayudas para planes de reestructuración y reconversión de la viña para este año 2018. La financiación de estas ayudas procede del Fondo Europeo Agrícola de Garantía, por un importe de 200.000 € para este año, 700.000 € para el año 2019 y de 500.000 € para el año 2020.

Personas beneficiarias:

1. Las personas viticultoras cuyas viñas se destinen a producir uva para vinificación y, asimismo, las futuras personas viticultoras que sean titulares de una resolución de arranca, autorización de replantación, derecho de replantación o autorización por conversión de derechos inscritos a su nombre en el Registro Vitícola.

2. No se subvencionarán las nuevas plantaciones de viña ni tampoco la renovación normal de las viñas que llegaran al final de su ciclo natural, entendida como la replantación de una misma parcela de tierra con la misma variedad de uva de vinificación y según el mismo método de cultivo.

Estas ayudas podrán subvencionar tanto planes colectivos (mínimo de cinco personas viticultoras) y/o individuales. Se darán ayudas para una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Reimplantación de viñas.
b) Reconversión varietal.
c) Mejora de las técnicas de gestión de viñas.
ci)
Los planes podrán contener operaciones anuales y/o bianuales, con o sin anticipo.

Importe de las ayudas:

Las ayudas podrán ser de:

a) Compensación por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del plan (1.627,50 euros/ha y campaña, de ser el caso).

b) Costes de reestructuración y reconversión de la viña (50 % de los costes subvencionables tanto para los planes colectivos como individuales).

Condiciones de los planes de reestructuración y reconversión de la viña:

Para poder acceder a estas ayudas, se cumplirán las siguientes condiciones:

1. La superficie total reestructurada y/o reconvertida en el marco de un plan será de, por lo menos una hectárea (1 ha) para los planes colectivos y 0,2 ha para los planes individuales.

2. El ámbito territorial de los planes no será superior al de una provincia, excepto que se haga en terrenos de una denominación de origen o indicación geográfica protegidas (DOP/IGP) y que su zona de producción comprenda más de una provincia.

3. La parcela de viña, una vez reestructurada o reconvertida será por lo menos de 100 m2. A pesar de lo anterior, en los casos en que la medida se limite a acciones de reinjerta y/o cambio de sistema de conducción, la superficie mínima será aquella con que la parcela figura en el Registro Vitícola de Galicia.

4. La superficie máxima elegible será de 15 hectáreas por persona viticultora.

Criterios de prioridad:

Se establecen los siguientes criterios de prioridad:

a) Superficie reestructurada de viña bajo el ámbito de una denominación de origen o indicación geográfica protegida (DOP/IGP) mayor del 50 % de la superficie por la cual se solicita ayuda: 5 puntos.

b) Viticultor con seguro agrícola para la uva de vinificación contratado: 4 puntos.

c) Agricultor joven: 3 puntos.

d) Agricultores profesionales. En el caso de persona jurídica, por lo menos el 50 % de socios deberán tener esta consideración: 3 puntos.

e) Presentación de un plan colectivo: 2 puntos.

f) Viticultor que, como resultado de la reestructuración, realiza un proceso de concentración de superficie en una única parcela: 2 puntos.

g) Mujeres viticultoras. En el caso de persona jurídica, por lo menos el 50 % de socios mujeres: 1 punto.

h) Explotaciones agrarias prioritarias: 1 punto.

i) Explotaciones de titularidad compartida: 1 punto.

En el caso de empate a puntos, se priorizarán según el orden indicado en el punto anterior.

La aplicación de los criterios de prioridad se realizará teniendo en cuenta el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.

Plazo para presentar las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Es decir, hasta el 16 de mayo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Más información