Administración convocante: Xunta de Galicia: Consellería do Medio Rural
Enlace axuda: http://www.xunta.es/dog/Publicados/2015/20150515/AnuncioG0165-060515-0009_es.html
Prazo: 16/06/2015
Resumo:
Podrán acogerse a las ayudas descritas en esta orden las organizaciones o asociaciones de criadores de las razas autóctonas gallegas, reconocidas por la Comunidad Autónoma.
Las actividades subvencionables, que realizarán las entidades beneficiarias, desde la presentación de la solicitud, atardecer:
a) Creación o mantenimiento de libros genealógicos. Los conceptos subvencionables serán los gastos derivados de dicha actividad, incluida la del local u oficinas, ordenadores y material informático y su mantenimiento o actualización, adquisición de material de oficina no inventariable y contratación y gastos de personal técnico y administrativo.
b) Las que deriven del desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza, en el cual se recogerán las actividades destinadas a su conservación in situ, así como la creación y mantenimiento de bancos de xermoplasma en centros autorizados oficialmente y las pruebas destinadas a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado. Las ayudas irán dirigidas a sufragar los gastos relativos a la implantación y desarrollo de los programas de mejora oficialmente aprobados y los controles de rendimientos para la realización de las evaluaciones genéticas de los animales y los programas de difusión de la mejora.