Ayudas para la prevención de daños por lobos, jabalís y osos

Medio Ambiente abre una línea de subvenciones para la adquisición de perros mastines, pastores y malla electrificada. Podrán beneficiarse ganaderos de bovino, ovino, caprino, cerdo celta, caballos y asnos, así como agricultores y explotaciones apícolas

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Administración convocante: Consellería de Medio Ambiente

Enlace axuda: http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160811/AnuncioG0422-290716-0003_gl.html

Prazo: Hasta el 11/9/2016

Resumo:

La Consellería de Medio Ambiente ha convocado subvenciones para la prevención de los daños en la agricultura y en la ganadería causados por lobos, jabalís y osos. Para evitar los daños del lobo, la Administración ofrece ayudas para la adquisición de perros mastines, de pastores eléctricos y de malla electrificada. En cuanto a la prevención de las pérdidas causadas por el jabalí en la agricultura y por el oso en colmenas de abejas, Medio Ambiente subvencionará la adquisición de pastores eléctricos.

La apertura de ayudas para la protección frente a los daños, que no se convocaban desde hace cuatro años, era una de las tradicionales reivindicaciones del sector agrario.

Líneas subvencionables
– Adqusición de perros mastines. Se subvencionará la adquisición de perros de raza mastín leonés con una edad inferior a los 5 meses, así como los gastos de su identificación. La ayuda cubre un máximo de un mastín por rebaño de hasta 30 reses de ganado menor o 10 reses de ganado mayor, hasta un tope de dos perros mastines por explotación si se supera ese número de animales.

El importe máximo de las ayudas no excederá los 500 euros por perro mastín y, al igual que en las otras líneas de ayudas, podrá reducirse en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria.

– Compra de pastores eléctricos. La cuantía máxima de ayuda por explotación será de 600 euros. El número de pastores subvencionables por explotación dependerá de su tamaño. Los topes son los siguientes. Para las ganaderías con más de 20 cabezas de ganado mayor o 30 de ganado menor, se asignarán hasta 4 pastores. Para explotaciones apícolas con más de 10 asentamientos, hasta 3 pastores; y para explotaciones agrarias de más de 25 hectáreas, 3 pastores.

– Adquisición de malla electrificada para cierres. La malla deberá tener un mínimo de un metro de alto y 50 metros de longitud y ser conectada a pastores eléctricos. La cuantía máxima de la ayuda será de 200 euros por malla de 50 metros, hasta un máximo de 4 mallas por explotación.

Criterios de reparto
La convocatoria de ayudas establece un presupuesto total de 400.000 euros (150.000 para la prevención de daños en la ganadería y 250.000 en la agricultura). Se repartirán en función de la puntuación obtenida por cada solicitud, de mayor a menor, hasta agotar el presupuesto. La valoración se hará en función de los siguientes criterios:

– En el caso de los daños producidos por el lobo, se otorgan hasta 10 puntos a las explotaciones ubicadas en ayuntamientos en los que hubiera daños por el lobo entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015 (Anexo III). Las explotaciones ubicadas en las zonas con mayor presencia y densidad del lobo (según las zonificaciones del Plan de Xestión do Lobo aprobado en 2009), recibirán también puntuación adicional. Se puntuará además a cada ganadería en función del número de cabezas.

– En el caso de daños producidos por el oso, se establecen como criterios de valoración: el número de asentamientos de colmenas de la explotación, la preexistencia de daños comunicados en los últimos dos años y que las explotaciones estén comprendidas en los ayuntamientos de la zona osera (Oriente de Lugo) -Anexo IV de la orden-.

– En el caso de las explotaciones agrarias, se tiene en cuenta su dimensión y que estén comprendidas en alguno de los ayuntamientos indicados en el Anexo V de la orden de ayudas.

2 ideas sobre “Ayudas para la prevención de daños por lobos, jabalís y osos

  1. SUSANA

    QUERIA SABER UNA VEZ PRESENTADA LOS PRIMEROS ANEXOS HAY QUE ESPERAR A QUE TE LA CONCEDAN ( TE ENVIARAN UNA CARTA O POR COMUNICACION EN SEDE ELECTRONICA) PARA ENVIARLES LOS ANEXOS CON LAS FACTURAS? ES QUE TENGO UN PEQUEÑO LIO EN LA ORDEN PONIA ALGO DE ANTES DEL 10 DE OCTUBRE ASI QUE NO SE SI TIENES QUE ENVIAR LA SOLICITUD DE ACOGERTE A LA AYUDA Y DESPUES ANTES DEL 10 ENVIAR LA FACTURA Y MEMORIA O ENVIAR ESTO UNA VEZ TE LLEGUE LA CONCESION DE LA SUBVENCION.

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    • campogalego

      Bos días Susana:

      Remitímosche a información que nos fixeron chegar dende Beealia, especialistas na xestión deste tipo de axudas:

      o artigo 20 da orde di:

      Artigo 20. Xustificación do gasto
      1. Con carácter xeral, e salvo que a resolución de concesión da axuda dispoña o con-
      trario, o prazo para xustificar o remate das actividades e o pagamento dos conceptos co –
      rrespondentes a elas finalizará o día 10 de outubro de 2017. Porén, poderase conceder,
      por petición xustificada da persoa interesada realizada antes da finalización do prazo esta –
      blecido, sempre que non se prexudiquen dereitos de terceiros, unha ampliación do prazo
      de xustificación das axudas, que non excederá a metade do prazo inicialmente previsto.

      Aínda así, o ano pasado dicía o mesmo e coa carta de aprobación abriuse un novo prazo de xustificación duns 10-15 días. Aínda non temos confirmación oficial de que este ano volva a ser o mesmo. Eu aposto porque se repita outra vez. Non espero aprobacións ata novembro (do 15 para adiante).»

      Un saúdo

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