Guía para la venta directa de miel 

Guía para la venta directa de miel 

Venta directa de miel en un mercado.

El día 20 de octubre de 2014 entró en vigor el Decreto por el que se regulan en Galicia las condiciones de venta directa de los productos primarios desde las explotaciones al consumidor final. Explicamos como afecta a la miel.

¿Como afecta este decreto a la comercialización de la miel?
Vamos a dar respuesta a estas preguntas basándonos en la guía publicada por la Agrupación Apícola de Galicia.

¿Como se puede vender la miel?
Según la nueva normativa de la Xunta existen dos posibilidades de producción y comercialización de la miel:

1. Producción primaria. Cuando sea el propio apicultor el que:
– recoge la miel.
– la envasa en sus propias instalaciones.
– y la suministre directamente al consumidor final o a pequeños comercios de venta al por menor (se incluyen los establecimientos de restauración) para el abastecimiento al consumidor final en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En este caso no necesitaría registro sanitario.

2. No producción primaria. Cuando el apicultor:
– sea el proveedor de otro operador que envasa miel en un establecimiento de envasado.
– compre miel a otros apicultores.
– venda su miel fuera de Galicia.

En este caso el apicultor necesitaría registro sanitario para comercializar la miel.

¿Cuanta cantidad se puede vender directamente al consumidor?
Cantidades máximas autorizadas desde octubre pasado para producción primaria, para la venta directa, por productor y año son:

Miel 3000 kg
Polen 450 kg
Propóleo 30 kg
Jalea real 10 kg

¿Hay que etiquetar la miel? ¿Que información tiene que llevar la etiqueta?
Si la miel se vende In situ, en la explotación productora, no será precisa la etiqueta de información alimentaria.

Por el contrario, si se vende en ferias y mercados locales, directamente por los titulares de la explotación o parientes en primero grado que colaboren en la actividad agraria, o si se vende directamente en establecimientos de venta al por menor al consumidor final, sin intermediarios, sí que es necesaria a etiqueta.

En este caso, la etiqueta deberá llevar obligatoriamente la siguiente información:
1. Denominación de venta: miel de flores, de néctar…etc.
2. País de origen: donde la miel fue recolectada.
3. Cantidad neta:
4. Fecha de duración mínima: Consumir preferentemente antes del fin de + año. O Consumidor preferentemente antes del + día, mes y año.
5. Identificación de la empresa: Datos del responsable del producto. Es decir: nombre del titular de la explotación, número de REAGA y la dirección de la explotación.
6. Lote: Cuando la fecha de duración mínima indique el día y el mes, no es necesaria la información de lote. De lo contrario, la información de lote será necesaria e irá precedida de la letra L, a no ser que se distinga claro del resto de la información de la etiquetado.

¿Que documentación se precisa para la venta directa de miel?
– Estar inscrita la explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (REAGA).

– Estar inscrita en el Registro de Explotaciones acogidas a la venta directa
(REVEDI), se deberá solicitar ante el jefe territorial de la Consellería de Medio Rural (cubriendo el modelo de solicitud específico).

– Deben tener un cuaderno con los contenidos: producto, cantidad, fecha y lugar de venta.

– En el caso de venta a establecimientos de venta al por menor se dejará constancia de la identificación del establecimiento.

– Se le exigirá el seguimiento de una Guía de Buenas Prácticas y deberán poder acreditarlo.

Puedes descargar la guía completa en este enlace.

2 ideas sobre “Guía para la venta directa de miel 

  1. Rosa isela peredo fuentes

    Quiero vender mi miel a otros lugares como le hago para conectar a los clientes

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  2. Otman

    Hola mi gusta saber mucho de este mercado de miel y nesecito saber como consegu clientes .gracias

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